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CONVOCATORIA AYUDAS AL AUTOEMPLEO

El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz difunde la siguiente información de la Junta de Extremadura sobre:

Finalidad: Las ayudas para el fomento del auto empleo, son subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura

Normativa:

DECRETO 29/2021, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II y IV.

http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/850o/21040032.pdf

DOE N.º 94 de 19 de mayo de 2021 CORRECCIÓN de errores del Decreto 29/2021, de 21 de abril)

http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/940o/21040044.pdf

Vigencia: Hasta el 30/03/2022

Plazo:

Durante el mes en el que se produce el alta en RETA del Autónomo o del Autónomo Familiar Colaborador (fecha de inicio de la actividad que figure en la TGSS), y los cinco meses naturales siguientes.

La  altas que se hayan producido entre el día siguiente a la expiración del periodo de vigencia de la Orden de 4 de abril de 2019, (DOE núm. 79, de 25 de abril de 2019), por la que se aprobó la última convocatoria de subvenciones para el Fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las anteriores bases reguladoras aprobadas por el Decreto 90/2016 de 28 de junio, y el día anterior a la entrada en vigor del presente decreto, la solicitud deberá formularse en el plazo máximo de dos meses desde la fecha en la que entre en vigor la presente convocatoria de las ayudas y no se exigirá el Plan de Empresa referido en el artículo 23.1 del decreto de bases reguladoras (DOE N.º NÚMERO 94 de  19 de mayo de 2021 CORRECCIÓN de errores del Decreto 29/2021, de 21 de abril )

PROGRAMA I. Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas

Datos de la Ayuda

Destinatarios finales: Personas desempleadas que se establezcan como trabajadoras autónomas

Beneficiario: Autónomos/as

Cuantía:  Desde 5.000 hasta 9.000 euros

Programa II: Familiar Colaborador

Datos de la Ayuda

Destinatarios finales: Personas trabajadoras autónomas que propicien la inserción de una persona en su actividad, mediante su alta en RETA como familiar colaborador

Beneficiario: Personas Autónomas

Cuantía: Desde 5.000 hasta 9.000 euros

Programa IV: Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas

Datos de la Ayuda

Destinatarios finales: Personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad como personas autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA

Beneficiario: Personas autónomas ocupadas

Cuantía: 5.000 euros

Información sacada de Extremaduratrabaja https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas_autoempleo_programas